La Sala I revocó un fallo que había considerado como crímenes contra los derechos humanos, y por ello, imprescriptibles, a vejámenes que sufrieron conscriptos argentinos por parte de personal superior de las Fuerzas Armadas.
La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal consideró que vejámenes de militares contra conscriptos argentinos en Malvinas no son delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, las acciones penales que por esos hechos están prescriptas. Así lo dispuso al revocar dos resoluciones de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, por las que había rechazado dos recursos de apelación presentados por el subteniente Jorge Taranto y el capitán Daniel Polano, contra la decisión que había calificado a esos hechos como crímenes de lesa humanidad.
Los hechos investigados consisten en estaqueamientos, enterramientos y deliberada falta de alimentación proferidas por personal superior de las Fuerzas Armadas a los soldados conscriptos que participaron de la contienda del Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
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