22 nov 2006

Caso Cayecul: Asociación de Derechos Civiles realiza presentación en defensa

El presidente de la Asociación de los Derechos Civiles ( ADC ), Alejandro Carrió, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia del Chubut, un escrito como “amicus curiae”, en apoyo de la defensa del poblador rural Rogelio Cayecul. De esta forma respalda al poblador en la causa que sostiene contra Tirso Fernández Peña, en procura de su legítimo derecho de seguir litigando a fin de que la Justicia le reconozca la posesión y dominio de la tierra que tradicionalmente ha ocupado. Esta acción jurídica tomó estado público recientemente, en ocasión de la audiencia en que los ministros integrantes de la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia, doctores Fernando Royer, José Luis Pasutti y Daniel Caneo, escucharan a Cayul y a su abogado defensor, Eduardo Raúl Hualpa, en un hecho inédito que tuvo como testigos a numerosos representantes de entidades sociales y , particularmente indigenistas.

Hualpa sostuvo que “el respaldo de acreditados letrados metropolitanos resulta relevante, habida cuenta que la Asociación por los Derechos Civiles, con sede en la capital del país, desarrolla una continua e intensa actividad en temas que son de sumo interés en materia de defensa y difusión de derechos fundamentales: acceso a la información, contravenciones policiales, condiciones dignas en los institutos carcelarios, infracciones electorales, discriminaciones de todo tipo, imparcialidad en la justicia, libertad de expresión, etc”.

ARGUMENTOS

El escrito presentado por la ADC cita parte sustantiva del artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos: que incorpora “el principio reconocido en el derecho internacional de los derechos humanos, de la efectividad de los instrumentos o medios procesales destinados a garantizar tales derechos. “Los Estados parte se obligan a suministrar recursos judiciales efectivos a las víctimas de violación de los derechos humanos, recursos que deben ser sustanciados de conformidad con las reglas del debido proceso legal, todo ello dentro de la obligación general a cargo de los mismos Estados, de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos reconocidos por la Convención a toda persona que se encuentre bajo su jurisdicción”, sostiene la norma. En otra parte de la presentación de la ADC al Superior Tribunal de Chubut, se expresa que “la posesión tradicional de los indígenas sobre sus tierras tiene efectos equivalentes al título de pleno dominio que otorga el Estado”. Asimismo, que “la posesión tradicional otorga a los indígenas el derecho a exigir el reconocimiento oficial de su propiedad y su registro”.

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