18 dic 2007

JOVENES DETENIDOS POR HURTO DEBERAN ESTUDIAR


LIBROS SI CARCELES NO


El último viernes se realizo una audiencia preliminar de juicio a dos menores de 18 años, imputados en el delito de hurto agravado, cometido el 1 de abril contra el comercio Ruca Puel. De acuerdo a la investigación, un grupo de seis jóvenes, de los cuales cuatro eran menores de 15 años, levantaron una persiana del local comercial, rompieron un vidrio, para luego llevarse electrodomésticos. En pocos minutos fueron detectados por la policía, a raíz de la denuncia, de un testigo que observo, al grupo cuando trasladaban los objetos robados hacia un galpón, ubicado a cien metros de la comisaría local.


Al llegar al lugar, los uniformados, demoraron a los jóvenes, y recuperaron dos reproductores de DVD y equipos de música, entre otros electrodomésticos. En el inicio de la audiencia, el representante del Ministerio Publico Fiscal, Dr. Raúl Coronel, solicito que se deje constancia que el Asesor de Menores, Dr. Tomas Malerba, no comparecía en la misma, pese que había sido notificado y había dos menores sometidos a proceso.


Según se informó desde la Fiscalía de Sarmiento, por su parte, el titular de la Defensa Publica, Dr. Juan Maidana, solcito al juez Alejandro Rosales, la posibilidad de aplicar la suspensión de juicio a prueba, tomando en cuenta el grado de responsabilidad y la necesidad de un contralor de la conducta de los jóvenes imputados. Asimismo, ofreció una reparación de 100 pesos cada uno, fijar residencia y someterse al Patronato de Presos y Liberados, presentándose tres veces cada seis meses ante la Asistente Social, Sandra Romero.


El representante de Fiscalia, pidió que antes de conocer el veredicto, se pudiera escuchar a la victima. La titular del comercio, Elizabet Gonzáles, considero, que estaba de acuerdo con la propuesta, aunque observaba que había falta de contención en los jóvenes y que sería apropiado, que realizaran alguna actividad comunitaria.


En este sentido el Dr. Coronel, explico, que prestaba su consentimiento para la suspensión de juicio a prueba, argumentando aspectos referidos a la Convención Internacional de los Derechos del Niño, pero considero que por la gravedad del hecho, los imputados debían someterse al control del Patronato, durante tres años, en función de que vayan incorporando la noción de los limites de convivencia en una sociedad y adquiriendo responsabilidades.


Asimismo, propuso que los menores, realizaran tareas comunitarias no remuneradas a favor de alguna institución del Estado, como el Hogar de Ancianos “Mari-Mari Peñi” o el Hospital Rural.
En ese contexto, el magistrado indago a los menores sobre su situación educativa y laboral. Uno de ellos contesto que se encuentra cursando estudios en la Escuela de Nivel Medio nº 756. En tanto el otro imputado, explico que abandono sus estudios en quinto grado y actualmente se desempeña como ayudante de albañil.


Con estos elementos, el Juez Rosales, resolvió que por lo establecido en algunas normas no podía obligarlos a trabajar, pero si los iba a obligar a que terminaran sus estudios, por lo que debían presentarse mensualmente ante el Patronato de Liberados y traer las constancias de inscripción en el colegio, inasistencias, calificaciones obtenidas y todo lo referido a la vida escolar. Asimismo se acepto la reparación económica y finalmente el Juez, fundamento su resolución expresando que consideraba que los estudios y la educación es un bien que le podemos dejar a nuestros hijos.


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