1 abr 2010

CAMPAÑA PROVINCIAL EN RECLAMO DE UN PROTOCOLO PARA LA REALIZACION DE ABORTOS NO PUNIBLES

Para evitar la judicialización de abortos no punibles, diversas organizaciones sociales de Comodoro Rivadavia y Trelew reclaman que se implemente un protocolo de cumplimiento del artículo 86, del Código Penal, que permite la realización de abortos no punibles, en casos de violación.
Así lo explicaron en la sede de la Asociación de Trabajadores de la Educación de Chubut, (ATECh) referentes de instituciones como la Asociación de Docentes Universitarios, Libres del Sur, Asociación Trabajadores del Estado, Juana Azurduy, Sindicato de Prensa-Fatpren, Federación de Estudiantes Universitarios, además de ciudadanos involucrados en el tema.

El pedido consiste en una adhesión al protocolo presentado hace unos tres años por el entonces ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, luego adaptado por el Instituto Nacional contra la Discriminación (Inadi) y que en Chubut fue puesto en consideración por la diputada del PJ, Mariana Ripa.

Además reclama que se haga un listado de médicos objetores de conciencia, es decir aquellos que por razones o creencias personales se oponen a la práctica de un aborto no punible, en el documento las organizaciones indican que la lista será importante para que pueda cumplirse e implementarse la ley en su debido tiempo y forma.

El protocolo solicitado “tiene la intención de cumplir realmente uno de los principios fundamentales de nuestro sistema legal, el cual es que “todos somos iguales ante la ley”, con lo que se desprende que la adhesión “es el camino mas corto como así también una urgente necesidad”, argumentaron.

El pedido que cuenta con la adhesión de mil ciudadanos será presentado formalmente ante las autoridades de las áreas de salud dependientes del municipio y el gobierno provincial, y de la justicia.
 
AQUI EL DOCUMENTO QUE SE ENVIARA A LAS AUTORIDADES JUDICIALES Y DE LOS ORGANISMOS DE SALUD MUNICIPALES Y PROVINCIALES
 
Las entidades y personas firmantes nos dirigimos por la presente ante………………………………., y por su intermedio a quien corresponda, con el objeto de exigir se lleven a cabo las medidas necesarias para la adhesión a la Guía de Atención Integral de Abortos No Punibles, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación, o implementación de un Protocolo de Atención de Abortos no Punibles contemplados en el art 86 inc. 1 y 2 del Código Penal en nuestra provincia del Chubut.


“… La Argentina, a través del Ministerio de Salud de la Nación , en el marco del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, adoptando el criterio amplio de interpretación de los Abortos No Punibles previstos en el art. 86, inc. 1 y 2 del C.P. elaboró la “GUIA TECNICA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES”, que de acuerdo a su contenido contempla los aspectos jurídicos (marco jurídico, principios, definiciones, etc.…) y médicos (características del servicio, métodos seguros de interrupción de embarazo y seguimiento)

Este protocolo solicitado tiene la intención de cumplir realmente uno de los principios fundamentales de nuestro sistema legal, el cual es: “TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY”

De lo anteriormente señalado se desprende que la adhesión por parte de nuestra provincia a la GUIA TECNICA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE ABORTOS NO PUNIBLES, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación, es en síntesis el camino mas corto como así también una URGENTE NECESIDAD, a la que agregamos debería sumarse un registro de MEDICOS OBJETORES DE CONCIENCIA, con el fin de garantizar que en cada institución de salud se cuente con los recursos humanos ( ENTIÉNDASE MEDICOS NO OBJETORES DE CONCIENCIA) , para el justo cumplimiento e implementación de la ley en debida forma y tiempo, ya que obstaculizar el aborto no punible en supuestos en que la mujer violada manifiesta su deseo de no continuar con el embarazo, es una situación incompatible con los Art. 3, 6 y 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al que nuestro país adhiere, así como su art. 24 cuando hay involucradas menores de edad.

Finalizando, según el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Pcia. de Chubut en los autos caratulados: “A.L S/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA” Expte. Nº 21.912-F2010, en su punto 9no. Reza: “Sugerir al Poder Ejecutivo, en caso que corresponda, para que en el marco de sus facultades prontamente prevea la elaboración de guías para los médicos que actúen en la Provincia con respecto a la atención integral de los abortos no punibles, con ese objeto, se librará el pertinente oficio al Sr. Gobernador de la Provincia”

Concluimos solicitando una pronta acción a todo lo peticionado.

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