MIEMBRO DE UNA COMUNIDAD DE BUEN PASTO
Se realiza en estos momentos la segunda audiencia en el marco del pedido de
impugnación de la sentencia de desalojo del juez Roberto Casal, contra el
lonko, Carlos Antileo, en el marco de un conflicto por tierras ubicadas en Buen
Pasto. La primera audiencia se realizó el viernes pasado donde la defensa se
refirió a la pertenencia étnica del lonko Antileo, que lo hace poseedor de
derechos como miembro del pueblo indígena.
La audiencia comenzó a las 12, en la Cámara del Crimen de
Comodoro Rivadavia. Durante el primer encuentro, según indicó Daniel Loncon,
referente de la cátedra de libre de Pueblos Originarios de la Universidad
Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, estuvieron presentes la querella
representada por Tomás Malerba, la defensa integrada por Sonia Ivanoff y Miguel
Justino Gatti, el propio Carlos Antileo, acompañado por referentes de distintas
organizaciones.
PROCESO JUDICIAL
Cabe recordar que en diciembre del año 2011, un
Juzgado de la ciudad de Sarmiento condenó al lonko Antileo, de la Comunidad
Jacinto Antileu, por el delito de usurpación de un lote que tradicionalmente
ocupa y que es pretendido por un particular que forma parte del Poder Judicial
de la ciudad de Sarmiento. Desde la cátedra se recuerda que el espacio
territorial en disputa se halla en la zona de Buen Pasto y previamente, en el
mes de septiembre del mismo año, Antileo debió soportar otro proceso judicial
por una causa caratulada como desobediencia a una orden judicial. La
impugnación a la orden de desalojo fue presentada por los abogados Justino
Gatti y Jimena Díaz Asencio defensores del Lonko Carlos Antileo, que también
defendieron al Lonko en el juicio por desobediencia del cual salió absuelto.
Entre sus argumentos se sostiene que con este tipo de sentencia se asiste “a
una nueva etapa de vulneración de los derechos de los Pueblos Originarios
contemplados en Tratados Internacionales, ratificados por la Constitución de la
Nación Argentina y reivindicados por la Constitución de la Provincia del Chubut”.
Cuestionan también que no se tuvo ni se tiene en
cuenta la Ley 26.160 de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas que
se encuentra vigente y que suspende la ejecución de sentencias, actos
procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las
tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas.
PRECEDENTES
Sobre este proceso
judicial, el referente de la Cátedra indicó que “nosotros consideramos que este
juicio es un eslabón más de la cadena de sometimiento y exclusión al que son
sometidos los pueblos originarios pero particularmente también creemos que el
pueblo también se está fortaleciendo con este tipo de instancia, porque nos
unimos, nos juntamos y nos preparamos para llevar adelante estas luchas que es
bastante larga y no es nueva”. Consideró que si bien el caso se debate en “un
tribunal blanco, que muchas veces no reconoce el derecho indígena, esperamos
que en esta amplitud que se expresa desde las altas esferas gubernamentales, de
un estado pluricultural, multiétnico se tome en cuenta esto porque estas
sentencias también sientan precedentes para futuras situaciones”, dijo Loncon.
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