19 jun 2012

SE REALIZA LA AUDIENCIA POR EL PEDIDO DE IMPUGNACION DE LA SENTENCIA DE DESALOJO DE CARLOS ANTILEO


MIEMBRO DE UNA COMUNIDAD DE BUEN PASTO

Se realiza en estos momentos la segunda audiencia en el marco del pedido de impugnación de la sentencia de desalojo del juez Roberto Casal, contra el lonko, Carlos Antileo, en el marco de un conflicto por tierras ubicadas en Buen Pasto. La primera audiencia se realizó el viernes pasado donde la defensa se refirió a la pertenencia étnica del lonko Antileo, que lo hace poseedor de derechos como miembro del pueblo indígena.

La audiencia comenzó a las 12, en la Cámara del Crimen de Comodoro Rivadavia. Durante el primer encuentro, según indicó Daniel Loncon, referente de la cátedra de libre de Pueblos Originarios de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, estuvieron presentes la querella representada por Tomás Malerba, la defensa integrada por Sonia Ivanoff y Miguel Justino Gatti, el propio Carlos Antileo, acompañado por referentes de distintas organizaciones.  

PROCESO JUDICIAL
Cabe recordar que en diciembre del año 2011, un Juzgado de la ciudad de Sarmiento condenó al lonko Antileo, de la Comunidad Jacinto Antileu, por el delito de usurpación de un lote que tradicionalmente ocupa y que es pretendido por un particular que forma parte del Poder Judicial de la ciudad de Sarmiento. Desde la cátedra se recuerda que el espacio territorial en disputa se halla en la zona de Buen Pasto y previamente, en el mes de septiembre del mismo año, Antileo debió soportar otro proceso judicial por una causa caratulada como desobediencia a una orden judicial. La impugnación a la orden de desalojo fue presentada por los abogados Justino Gatti y Jimena Díaz Asencio defensores del Lonko Carlos Antileo, que también defendieron al Lonko en el juicio por desobediencia del cual salió absuelto. Entre sus argumentos se sostiene que con este tipo de sentencia se asiste “a una nueva etapa de vulneración de los derechos de los Pueblos Originarios contemplados en Tratados Internacionales, ratificados por la Constitución de la Nación Argentina y reivindicados por la Constitución de la Provincia del Chubut”.
Cuestionan también que no se tuvo ni se tiene en cuenta la Ley 26.160 de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas que se encuentra vigente y que suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas.  

PRECEDENTES
Sobre este proceso judicial, el referente de la Cátedra indicó que “nosotros consideramos que este juicio es un eslabón más de la cadena de sometimiento y exclusión al que son sometidos los pueblos originarios pero particularmente también creemos que el pueblo también se está fortaleciendo con este tipo de instancia, porque nos unimos, nos juntamos y nos preparamos para llevar adelante estas luchas que es bastante larga y no es nueva”. Consideró que si bien el caso se debate en “un tribunal blanco, que muchas veces no reconoce el derecho indígena, esperamos que en esta amplitud que se expresa desde las altas esferas gubernamentales, de un estado pluricultural, multiétnico se tome en cuenta esto porque estas sentencias también sientan precedentes para futuras situaciones”, dijo Loncon.

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