15 oct 2014

La Corte dejó sin efecto un fallo que entregó tierras mapuches a un estanciero


ANULO UN FALLO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE CHUBUT


El máximo tribunal dio marcha atrás con sentencias de tres tribunales de Chubut que habían ratificado una entrega de 2500 hectáreas a un estanciero. Además ordenaron que se dicte una nueva sentencia y que se tenga en cuenta el derecho indígena.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó en el martes pasado, que se atiendan debidamente los derechos indígenas invocados en el caso de Crecencio Pilquiman. Así anuló la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut.
El caso tiene su origen en el año 2007, con motivo de la transferencia de tierras que el Instituto de Colonización (IAC) autorizó a favor de un particular ajeno a la Comunidad Aborigen de Lagunita Salada, Gorro Frigio y Cerro Bayo a la que pertenece Pilquiman. Favoreciendo así al estanciero de la zona, Adolfo Camilo Rechene. Para intentar frenar esta decisión es que Crecencio Pilquiman, presentó en mayo de 2007 una acción de amparo en el Juzgado de Familia de Puerto Madryn. Los argumentos del miembro del Pueblo Mapuche Tehuelche, estaban basados en el derecho de los pueblos indígenas a sus tierras y territorios y a ser consultados antes de dictarse cualquier medida que pueda afectarlos.

DERECHO INDIGENA
En una primera instancia, la jueza María Fernanda Palma, dispuso una medida cautelar suspendiendo la transferencia de las tierras por un tiempo, más tarde vinieron las sentencias del Juzgado de Familia de Puerto Madryn, la Cámara de Apelaciones y hasta el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut que rechazaron el reclamo de la comunidad mapuche. En su momento el estanciero Rechene defendió el trámite y afirmó entre otras cosas que los mapuches no son un “pueblo indígena argentino” sino que en realidad son chilenos. Citó a Rodolfo Casamiquela, un cuestionado investigador de Puerto Madryn que niega la prexistencia del pueblo mapuche a la constitución de los estados.

El abogado de Pilquiman, Eduardo Hualpa, indicó que la sentencia cuestiona “la forma en que muchas provincias manejan el tema de las tierras fiscales” porque “la sentencia dice a los jueces que tienen que tener en cuenta los derechos indígenas”.  Es que los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Highton, Juan Maqueda y Eugenio Zaffaroni, consideraron que el Superior Tribunal chubutense “omitió absolutamente el tratamiento del planteo restante fundado en la vulneración del derecho a la consulta y participación de los pueblos indígenas, tutelado en el arto 75, inc. 17 de la Constitución Nacional, así como en el Convenio 169 de la OIT”.

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